- La resolución del TEPJF, y la toma
de protesta de Javier Saldaña
Por Roberto Santos
Fue en la sesión del Consejo Universitario de la UAGro de la semana pasada que el director de su área Jurídica, Felipe de Jesús Mosso, fue claro en exponer que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación realizó los estudios de los agravios denunciados por la elección del 25 de mayo.
Y es que con la resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) le da la razón al Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEE) y echa abajo el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales presentado por un grupo de universitarios que aún no se convencen de que no pudieron participar en la elección fue porque no tienen equipo ni cuadros que les aporten votos.
Con esa resolución, lo que sigue es la toma de protesta del rector electo Javier Saldaña Almazán.
Felipe de Jesús dijo que una vez que se han agotado las tres instancias de ley, si insisten y presentan otro recurso para echar abajo la elección, podrían ser hasta multados por acciones “improcedentes y frívolas”, como respuesta de aquellos que insisten en tumbar la elección de rector, quienes anunciaron que van a presentar un juicio de amparo directo a través de un Colegiado de Circuito.
Las tres instancias a las que han recurrido son: el Tribunal Universitario, el Tribunal Electoral del Estado, y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
La tercera dio su veredicto el pasado miércoles 19 de julio, declarándose incompetente, semejante al TEE, porque señaló en su resolución que no les corresponde conocer de los procesos universitarios, porque las elecciones de las universidades no son susceptibles de ser revisadas por tribunales externos.
Esto porque el grupo opositor ya anunció que acudirá a otros tribunales, aunque de acuerdo con De Jesús Mosso, solo son tres las instancias que la justicia mexicana establece para dirimir conflictos electorales.
Y que la resolución de la Sala Superior es inacatable.
Por eso explica que los opositores a Javier Saldaña podrán ser sancionados por seguir insistiendo en presentar recursos frívolos e infundados, porque el artículo 61 de Ley Amparo, señala que este recurso no procede en materia electoral.
Así que en su opinión, ya no hay nada que evite que el día 27 de septiembre Javier Saldaña tome protesta como rector de la UAGro.