Restituir Artículo 13 Bis de la Ley de Fiscalización, pide Colegio de Abogados

Con ello se devolvería a contadores públicos certificados facultad para dictaminar cuentas públicas, afirma el jurista Víctor Contreras

Por Martín Calleja Guerrero

ACAPULCO, Gro., 4 de noviembre del 2022.- El Colegio de Abogados del Estado de Guerrero planteó la necesidad de restituir el Artículo 13-Bis de la Ley 468 de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Guerrero, a fin de devolver a los contadores públicos certificados facultad para dictaminar la cuenta pública de los entes gubernamentales.

En entrevista, Víctor Contreras Flores, presidente de dicha asociación de juristas, recordó que el artículo de referencia –derogado hace unas semanas por el Poder Legislativo- “establecía la obligación de los entes de gobierno de presentar a la Auditoría Superior del Estado su información financiera gubernamental de la cuenta pública, debidamente dictaminada por un contador público certificado, lo que había representado un gran avance para cumplir con los fines y principios constitucionales que subyacen en el artículo 134 Constitucional, conforme a los cuales se deben administrar de manera eficiente, eficaz y honrada los recursos públicos”.

Añadió que al ser los contadores públicos certificados “profesionales especializados y actualizados en contabilidad gubernamental”, se aseguraba “una mejora significativa en el proceso de fiscalización, reduciendo reprocesos, mejorando el control y garantizando el buen ejercicio en la rendición de cuentas, que finalmente tiene como objeto prevenir la corrupción que tanto lesiona a la sociedad y socava el ejercicio y disfrute de los derechos humanos”.

En ese sentido, el reconocido abogado consideró que la derogación es “contraria al principio de progresividad que garantiza el Artículo 1°, tercer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y al Sistema Estatal Anticorrupción”, de ahí que exhortó al Congreso local a realizar acciones tendientes a restituir el artículo 13 Bis, en la Ley número 468 de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Guerrero, puesto que dicha derogación –dijo- no solo afecta a los contadores públicos, sino a toda la ciudadanía guerrerense.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *